Compromiso firme contra la explotación sexual
En virtud de la Ley N.º 28251, asumimos los siguientes compromisos mínimos como proveedores de servicios turísticos para prevenir y combatir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en el ámbito del turismo.
No ofrecer planes de explotación
Abstenerse de ofrecer, expresa o solapadamente, planes de explotación sexual en programas de promoción turística.
No informar sobre lugares de explotación
No brindar información a turistas, directa o indirectamente, sobre lugares donde se practique explotación sexual comercial.
No trasladar a puntos de explotación
Abstenerse de conducir turistas, directa o indirectamente, a establecimientos o lugares donde se practique explotación sexual.
No proporcionar vehículos para explotación
No proporcionar vehículos en rutas turísticas con fines de explotación o abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.
Impedir el ingreso de menores
Prevenir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a hoteles, bares y establecimientos turísticos con fines de explotación o abuso.
Prevenir ofertas de servicios sexuales
Adoptar medidas para que el personal vinculado a la empresa no ofrezca servicios turísticos que permitan actividad sexual con menores.
Denunciar ante las autoridades
Denunciar ante MINCETUR y las autoridades competentes los hechos de explotación sexual de los que se tenga conocimiento.
Diseñar y difundir una política interna
Diseñar y difundir una política interna con medidas para prevenir y contrarrestar la explotación sexual.
Capacitar al personal
Capacitar a todo el personal vinculado a la empresa sobre la prevención de la explotación sexual comercial.
Informar sobre consecuencias legales
Informar a los usuarios sobre las consecuencias legales en Perú de la explotación y el abuso sexual de niños y adolescentes.
Exhibir el código en un lugar visible
Colocar en un lugar visible este Código de Conducta y otros compromisos para la protección de niños, niñas y adolescentes.
Advertencia legal
“En desarrollo de la Ley N.º 28251, la agencia advierte a los turistas que la explotación y el abuso sexual de menores en el país son penalizados penal y administrativamente, de acuerdo con las leyes vigentes.”
Dreamy Tours · Código de Conducta ESNNA · Versión actualizada
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